REFORMA CONTRA PENSIONES DORADAS: EN EL LIMBO JUBILACIONES UNIVERSITARIAS

Álvaro Aragón Ayala.

​El Estado mexicano reconfiguró el sistema de jubilaciones y pensiones públicas. Al publicarse en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma el artículo 127 de la Constitución, se establecieron límites a los salarios en activo, sepultando igualmente las pensiones doradas.

​La reforma cerró el vacío legal que permitió, por décadas, que exfuncionarios de entidades federales percibieran ingresos astronómicos de retiro. Los puntos clave de la reforma son: Ninguna pensión o haber de retiro podrá superar la remuneración del titular del Ejecutivo Federal.

Se consideran “remuneración” todos los bonos, gratificaciones y prestaciones, sin excepción.

Aplica a los tres Poderes de la Unión (Ejecutivo, Legislativo, Judicial), órganos autónomos, estados y municipios.

​A pesar del discurso de austeridad total, el decreto establece excepciones que deben analizarse con lupa. El texto constitucional señala que quedan fuera del alcance de la reforma:

​Las jubilaciones o pensiones constituidas por aportaciones voluntarias en cuentas individuales.

​Las jubilaciones o pensiones derivadas de aportaciones sindicales en sistemas complementarios.

​La pensión no contributiva (Bienestar) establecida en el artículo 4º constitucional.

Mientras se blindan los ahorros voluntarios y sindicales, se genera una especie de “limbo financiero” para las pensiones y jubilaciones que dependen directamente del presupuesto público sin un fondo de respaldo.

​Las universidades públicas son el “foco rojo”, pues la SEP y la SHCP no avala el pago de jubilaciones universitarias con cargo al subsidio ordinario. Si una institución no cuenta con un fideicomiso sólido y sus pensiones se pagaban directamente del presupuesto corriente, la reforma las deja en la indefensión.

​El decreto dice respetar derechos adquiridos, pero prohíbe que estos contravengan el nuevo tope. ​Instituciones que históricamente gozaban de autonomía presupuestal ahora están bajo el control estricto del tabulador presidencial.

​Más allá de la técnica jurídica, la reforma consolida la visión de que el servicio público no es una vía para el enriquecimiento post-cargo.

Se intenta, pues, eliminar la brecha entre la élite burocrática y el resto de los trabajadores bajo el régimen de seguridad social ordinario.

​La reforma es un punto de inflexión. Al dejar fuera las pensiones y jubilaciones que se sostienen con aportaciones sindicales, el gobierno federal manda la lectura que desaparecerá o no se permitirá pagar prestaciones de retiro con los subsidios universitarios. Es decir: “castigará” a las instituciones que no fondearon sus sistemas (como muchas universidades), obligándolos  a forzar  una reconfiguración a quienes no tengan un soporte financiero propio. Quien no se ajuste al nuevo esquema simplemente quedarán fuera de los sistemas jubilatorios.

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