Álvaro Aragón Ayala.
La lucha encabezada por Yesenia Rojo Carrizoza y el colectivo Guerreros Azules en Sinaloa está a punto de entrar en su fase más compleja.
La inminente consolidación de criterios derivados del Artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que dotarán a los ayuntamientos de un argumento jurídico contundente para negar o limitar el pago de jubilaciones adicionales a ex policías.
El cambio será profundo. Estructural. Por primera vez, los municipios tendrán respaldo Constitucional para cuestionar un esquema jubilatorio que durante años se sostuvo en una ley estatal y en acuerdos laborales al margen del la Gobierno Federal que no otorga recursos para cubrir dobles prestaciones de retiro.
En Sinaloa —como en otros estados— se volvió relativamente común que policías municipales reciban una pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y adicionalmente una jubilación pagada por el ayuntamiento.
Ese modelo ahora entra en zona de riesgo. El nuevo principio Constitucional establece que las pensiones adicionales únicamente pueden sostenerse si tienen respaldo en fondos contributivos reales o aportaciones de los beneficiados.
Con este criterio, los municipios podrán argumentar que no están obligados a pagar prestaciones adicionales a policías jubilados en caso de ya cuenten con una pensión de seguridad social del IMSS o del ISSSTE o incluso del Instituto de Pensiones del Estado de Sinaloa. En términos prácticos, la Constitución se convertiría en escudo para no pagar.
El problema es que la Ley de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa reconoce el derecho imprescriptible a la pensión. También establece incrementos iguales a los activos y beneficios amplios para policías y viudas.
Es decir, el marco local sí respalda las jubilaciones. Sin embargo, hay un límite ineludible: ninguna ley estatal puede contradecir la Constitución. Es decir. El Congreso Local estará obligado a “ajustar” la Ley de Seguridad a la Constitución federal.
Estas contradicciones jurídico-legales abren un escenario delicado. Por un lado, ex policías con derechos reconocidos por una ley estatal. Por otro, restricciones Constitucionales que podrán limitar o cancelar esos beneficios.
Para el movimiento de Yesenia Rojo, esto implica un cambio de fondo. La lucha ya no será solo contra ayuntamientos, sino contra un nuevo criterio Constitucional. Y eso cambia completamente el escenario.
Ahora los municipios podrán argumentar que no es falta de voluntad ni de dinero cuando rechacen pagar jubilaciones a los ex policías, sino que la propia Constitución se los impide.