La Suprema Corte cambia para siempre la Ley 73 del IMSS y obliga a modificar montos de las pensiones

Este dictamen fue emitido en 2023 y generó un punto de inflexión en relación a pensiones por parentesco. En esta nota, los detalles.

En una decisión histórica, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Ley del Seguro Social de 1973 vulnera el derecho a la igualdad al establecer porcentajes diferentes en el cálculo de las pensiones según el parentesco del beneficiario.

El fallo, emitido en 2023, señala que la norma es discriminatoria, pues otorga un 90% de la pensión al cónyuge o concubino sobreviviente, pero solo 20% a los ascendientes (padres del trabajador fallecido) en caso de que dependieran económicamente de él.

A partir de esta resolución, la Corte ordenó que los padres del asegurado fallecido tengan derecho a recibir el mismo porcentaje del 90%, equiparándolos con las pensiones por viudez.

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IMSS: Ley 73: un nuevo precedente en materia de igualdad y seguridad social

El máximo tribunal precisó que la pensión no constituye un beneficio gratuito o discrecional, sino un derecho derivado de las aportaciones laborales que realiza el trabajador durante su vida activa. Su objetivo es garantizar la subsistencia de los beneficiarios —cónyuge, hijos o ascendientes— tras el fallecimiento del asegurado.

“La pensión se gesta con el esfuerzo del trabajador, por lo que no puede existir una distinción injustificada entre los beneficiarios”, determinó la SCJN.

IMSS Ley 73: qué cambió con esta resolución de la Suprema Corte

Con este fallo, la Suprema Corte obliga al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a reconocer el 90% de la pensión para los padres que dependían económicamente del trabajador fallecido, cuando no existan cónyuge, hijos o concubina con derecho a pensión.

Esto implica una modificación directa en la interpretación y aplicación de la Ley del Seguro Social de 1973, aún vigente para millones de trabajadores que cotizan bajo ese régimen. La decisión de la Corte crea un precedente obligatorio, lo que significa que los jueces y tribunales deberán aplicar este criterio en casos similares.

El fin de la Ley 73 del IMSS: en qué año ya nadie será aplicable

La Ley 73 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es exclusiva de aquellos mexicanos que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997, ofreciendo condiciones más favorables en cuanto al cálculo de la pensión y los requisitos para jubilarse. Pero, en muy poco tiempo, ya ningún trabajador podrá acceder a ella y llegará su final.

Las nuevas generaciones solo podrán acceder a la Ley 97 y a su sistema de cuentas individuales, siempre y cuando no aparezca un nuevo esquema. El motivo no es decisión del propio IMSS, sino corresponde a la característica principal de este régimen: en una década, aproximadamente, ya nadie será elegible para sumarse a este régimen.

IMSS estima que hacia el año 2035 la mayoría de los beneficiarios de este régimen ya se habrán jubilado, marcando prácticamente el final de la Ley 73 en México. A partir de ese momento, todos los trabajadores estarán sujetos únicamente a la Ley 97, que funciona bajo un esquema de cuentas individuales administradas por las Afores.

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